
No puedes detenerte sobre el andén para recoger o dejar a alguien. El parágrafo del artículo 69 del Código Nacional de Tránsito dice que el conductor no debe detener o estacionar su vehículo, "por ningún motivo", dentro de la zona destinada al tránsito de peatones. Subir el carro para dejar libre la calzada no cambia la regla.
Qué dice la norma
Aquí se juntan dos reglas. El parágrafo del artículo 69 se refiere a detenerse o estacionar en la zona peatonal. El artículo 76, numeral 1, prohíbe estacionar sobre andenes, zonas verdes o espacio público destinado a peatones, recreación o conservación.
La primera es la que importa cuando alguien dice que solo fue un momento. Para entender por qué, revisa la diferencia entre parada momentánea y parqueo.
Ejemplos comunes
Entregar un paquete. No puedes ocupar el andén mientras lo entregas, aunque mantengas el motor encendido y regreses enseguida.
Dejar libre la calzada. Subir dos llantas para no estorbar a otros carros traslada la obstrucción a quienes caminan. El andén debe permitir el paso de todas las personas, incluidas quienes usan silla de ruedas o apoyos para movilizarse.
Esperar para entrar a un garaje. El artículo 69 permite atravesar la acera para entrar a un garaje o sitio de estacionamiento, respetando la prelación de los peatones. Ese permiso cubre el paso, no quedarte allí mientras se abre la puerta o aparece un cupo.
Salir de un garaje. Al atravesar el andén, los peatones que circulan por él siguen teniendo prelación.
El andén no reemplaza un lugar permitido
Que la calle no tenga espacio no convierte al andén en una alternativa. Tampoco lo hacen las luces intermitentes, una diligencia corta o el hecho de que otros carros lo hagan.
Evita también pasar el problema a otro punto. El paso peatonal y la intersección tienen una prohibición expresa, y detenerte en doble fila puede bloquear la circulación.
Qué hacer antes de detenerte
- Busca un punto sobre la vía donde la maniobra sea permitida y segura.
- Mantén libre todo el recorrido peatonal.
- Revisa las señales del tramo. La señal SR-28A prohíbe parquear o detenerse.
- Haz que el ascenso y el descenso duren solo lo necesario.
- Si vas a esperar o a hacer una diligencia, busca dónde estacionar correctamente.
Preguntas frecuentes
¿Y si estoy dentro del carro? Tu presencia no autoriza a ocupar el andén. Sobre sus efectos en el comparendo y la grúa, lee permanecer dentro del vehículo no impide por sí solo un comparendo.
¿Importa que el andén no tenga señal? El artículo 112 exceptúa de señalización las zonas cuyas prohibiciones ya están expresas en el código. No deduzcas un permiso por no ver una señal.
¿Una bahía o un acceso de garaje es andén? Depende de cómo esté construido y señalizado ese lugar. Revisa la demarcación y las condiciones del sitio.
Si ya recibiste un comparendo, conserva el documento y las fotografías del lugar, y revisa cómo impugnar una multa de tránsito.
Fundamento: Código Nacional de Tránsito, artículos 2, 55, 69 y su parágrafo, 76.1 y 112. Revisado el 30 de octubre de 2026.
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